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4. Programa de Uso Urbano de Recursos Naturales

 

Objetivos 

Promover criterios y mecanismos que permitan hacer un uso sostenible de los recursos naturales necesarios para dar viabilidad a los centros urbanos.

Mejorar la calidad de vida de los habitantes de los centros de población del Estado.

Lineamientos de programa

Mejorar el conocimiento que se tiene sobre la problemática ambiental asociada a los centros de población objeto de este plan.
Establecer acciones concertadas, de acuerdo a las competencias que marca la legislación, entre los diferentes ámbitos de gobierno, así como entre éste, la sociedad civil, el sector privado y el académico.
Revisar los planes de desarrollo urbano en función de los ordenamientos ecológicos del territorio de alcance estatal, microregional y municipal. Para efectos de este plan, es imprescindible que dichos ordenamientos combinen un fuerte componente de sistemas de información geográfica con la validación proveniente de la participación social y la construcción de consensos.

Metas

Generar los ordenamientos ecológicos del Estado (estatales, microregionales y municipales) antes de 2003.

Generar instrumentos concretos de gestión del agua en el Estado.

 

4.1. SUBPROGRAMA DEL MANEJO INTEGRAL DEL AGUA

 

Objetivo específico

Generar el uso sostenible del agua, como un recurso natural vital para la viabilidad de los centros urbanos del Estado y en general, de todos los asentamientos humanos.

Líneamientos de acción

Establecer un programa integral del manejo del agua con el concurso de las entidades de gobierno involucradas, así como con la sociedad civil e inversionistas, con base en el conocimiento de la la disponibilidad y calidad del agua, y bajo criterios de sostenibilidad ambiental e integración del desarrollo.

Contar con estudios de los acuíferos y las fuentes de agua superficial para evaluar la disponibilidad y calidad del agua en el corto y largo plazo, y con base en ello proponer estrategias específicas para su utilización en las ciudades.

Establecer programas de prevención de la contaminación y saneamiento de cuencas y acuíferos superficiales y profundos.

Establecer sistemas de tratamiento de las aguas residuales de todas las ciudades que cuenten con una red de drenaje y prever el manejo sanitario en los centros de población que no lo tienen. 

Verificar que los programas encaminados a la introducción de redes de agua potable y drenaje, incluyan previsiones sobre los sistemas de manejo sostenible, potabilización y tratamiento, como parte integral de estos programas. 

Metas específicas

Para el 2003, se deberán contar con los estudios de los acuíferos de:
San Luis-Villa de Reyes
Matehuala-Cedral 
Santa María del Río
Rioverde-Ciudad Fernández
Villa de Arista-Venado

Para el año de 2003, se requiere conocer la disponibilidad y calidad del recurso en la Región Hidrológica 26 perteneciente al Río Pánuco, principalmente de aquellas cuencas que tienen su origen en el Estado, comenzado con las cuencas del río Verde, río El Salto, río Los Llanitos, río Tancuilín, río Axtla y río Santa María.

Por su volumen e impacto, las plantas de tratamiento que deberán construirse para el 2003 son: 
San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez (acorde a los proyectos previstos de Interapas y Ceapas)
Ciudad Valles 
Rioverde-Ciudad Fernández
Axtla
Matlapa
Huichihuayán
Coxcatlán
Tampamolón
San Antonio
Tanlajás
Tamazunchale 
Rayón
Matehuala
Villa de Reyes

Realizar para el año de 2003, dentro de acciones colaterales que se proponen para otros sectores, los estudios para eficientizar el uso del agua en la agricultura, la industria, y para uso municipal principalmente en los valles de:
San Luis-Villa de Reyes
Matehuala-Cedral
Rioverde-Ciudad Fernández
Villa de Arista-Venado
lo que debe permitir, aunado a las estrategias anteriores, establecer planes de manejo sostenibles de los recursos hidráulicos.

Para el año de 2010, se deberán haber generado alternativas de nuevas fuentes de aprovisionamiento para aumentar la productividad de la agricultura de temporal, principalmente de agua subterránea, para con ello lograr el arraigo de las poblaciones rurales que emigran por no tener actividades económicamente redituables.

Para el 2010, los centros urbanos de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez, Ciudad Valles, Rioverde-Ciudad Fernández, Matehuala, Tamazunchale, Tamuín y Ébano deberán separar las aguas residuales urbanas de las aguas pluviales; toda vez que las plantas de tratamiento de aguas residuales estarían tratando volúmenes de agua pluvial y agua residual con enormes complicaciones, en tiempos de tormentas.

Para cada plan de centro de población que se preveé, se deben realizar los estudios necesarios para dotar de fuentes de aprovisionamiento a las cabeceras municipales que aún no cuentan con sistemas de agua potable. Es importante que cada una de ellas cuente con este servicio básico para la población.

 

4.2. SUBPROGRAMA DE ATMÓSFERA

 

Objetivos específicos

Disminuir el impacto que tienen las emisiones gaseosas contaminantes, tanto en el medio ambiente como en la salud de los habitantes de los centros urbanos, provenientes principalmente de fuentes industriales y urbanas.

Líneas de acción

Generar acciones que atiendan la problemática que genera la contaminación del aire en la zona conurbada de San Luis Potosí-Soledad de Graciano Sánchez, que es la región del Estado que representa la mayor problemática en cuanto a la calidad de aire. Le siguen Ciudad Valles, Matehuala y Rioverde. Se presentan también a nivel puntual problemas de contaminación del aire asociados a ingenios, plaguicidas, y algunas empresas con fuentes fijas.

Para el caso de las empresas e instalaciones que por sus actividades sean potencialmente contaminantes como ingenios, termoeléctricas, etc., se deberá presentar a las autoridades municipales, por parte de los responsables legales de la vigilancia del cumplimiento de la normatividad ambiental y otras aplicables, al menos un informe anual del estado que en esta materia presentan las empresas e instalaciones en su territorio. Estas responsabilidades corresponden a PROFEPA (SEMARNAP), SEGAM (Gobierno del Estado) y oficinas de ecología de los municipios.

Metas específicas

Para contrarrestar la contaminación producida por el parque vehicular se deberá:
Establecer un sistema de monitoreo vehicular eficiente que disminuya las emanaciones producidas por automóviles particulares y los dedicados al transporte público.
Eficientizar la vialidad de la ciudad para hacer más fluida y rápida la comunicación interurbana, para utilizar menos tiempo el automóvil.

Para la contaminación ocasionada por empresas:
Exigir la supervisión adecuada de las fuentes de emanación por empresas de todo tipo por las autoridades correspondientes, PROFEPA y SEGAM y vigilar que se aplique la normatividad vigente.
Establecer programas preventivos que eviten emisiones.

 

4.3. SUBPROGRAMA DE FORESTACIÓN URBANA

 

Objetivos específicos

Todos los planes de centro de población deberán contar con áreas verdes, parques urbanos y reservas ecológicas, y lo que fuera necesario para conservar el medio ambiente y los ecosistemas de interés para dar una fisonomía ambiental a los proyectos de crecimiento urbano. 

Líneas de acción

Los planes de centro de población deberán prever áreas verdes para garantizar que la normatividad y los estándares internacionales en este sentido se cumpla.
Revalorar los elementos del paisaje urbano actual con la introducción de árboles, de preferencia nativos de la región, que permitan aumentar el porcentaje de áreas verdes de las ciudades.
Los programas de forestación urbana serán específicos y realizados por los departamentos respectivos de cada ayuntamiento, apoyados por la SEGAM y la delegación SEMARNAP, con el fin de garantizar la factibilidad de los proyectos técnicos para su ejecución.
Los criterios generales de uso de áreas naturales protegidas adyacentes o dentro de zonas urbanas debe ser previsto en los Planes de Centro de Población y en los Planes de Manejo correspondientes, conforme a lo previsto por la normativida y los ordenamientos ecológicos municipales y estatal.

Metas

Cada plan de centro de población para las localidades que contempla el Plan de Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, deberán prever los criterios cuantitativos y cualitativos para las áreas verdes, zonas recreativas y parques urbanos necesarios para la convivencia y el bienestar comunitario.

 

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